X 22856/boe

Resolución de 16 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Getafe n.º 2, por la que se deniega la inscripción de una escritura de extinción de usufructo.

Apartado de anexo segundoApartado segundo. La escritura de compraventa de fecha 26/06/1980, realizada ante el Iltre. Notario D. José Calleja y Olarte, estipula que “Construcciones Carrillo SA, venden a D. J. S. S., Dña. T. G. Z. y Dña. M. S., que compran los dos primeros el usufructo y Dña. M. S. la nuda propiedad... al precio de 700.000 ptas., de las que corresponde 210.000 ptas. al usufructo y el resto a la nuda propiedad”. De la cantidad “pendiente y aplazada de pago de quinientas ochenta y ocho mil ptas. Se harán efectivas por parte de la compradora a la Sociedad en 48 mensualidades correlativas e iguales, amortizadas mediante otras tantas letras de cambio, debidamente aceptadas por la parte compradora, por importe de 12.500 ptas.”

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