España
Vigente Resolución 3 unidades
Resolución de 16 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Palencia n.º 1, por la que se suspende la inscripción de una escritura de segregación de anejo y agregación de anejo en elementos dentro de una división horizontal.
X 22858/boees-x-boe-a-2026-2285831 oct 2026
- Apartado de anexo primero Apartado primero. El citado acuerdo suspensivo de la inscripción de la desvinculación pretendida, dicho sea en los más respetuosos términos de defensa, no ha tenido en cuenta la Escritura de Aclaración que incorpora el Acta de la Junta de Propietarios de fecha 29 de septiembre de 2025, que en puridad contiene el siguiente acuerdo:
- Apartado de anexo tercero Apartado tercero. Los estatutos en su Artículo 5.º determinan que el voto de cada dueño tendrá el valor proporcional equivalente a la participación en los elementos comunes. Siendo el resultado de la votación superior a la proporción de 3/5 es cuota absolutamente suficiente para validar ese acuerdo
- Apartado de anexo cuarto Apartado cuarto. La desvinculación pretendida se refiere a fincas del mismo propietario y no afecta para nada a las cuotas de participación de terceros, lo que significaría que por aplicación del art. 17.6 de la Ley de Propiedad Horizontal, a nuestro juicio, no precisaría ni siquiera acuerdo de la Junta de Propietarios, máxime teniendo en cuenta la previsión estatutaria de dispensa de acuerdo para agrupaciones o segregaciones, lo cual por analogía, ante la falta de previsión para los supuestos de desvinculaciones debería extenderse a éstas