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Resolución de 21 de octubre de 2026, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Ciudad de Ceuta, para la interconexión automatizada de los correspondientes registros de interdicción de acceso al juego a través de una integración funcional y organizativa de dichos registros.

Anexo UNICO

Apartado de anexo primeroApartado primero. Que con fecha 7 de noviembre de 2022, el extinto Ministerio de Consumo y la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta formalizaron el convenio indicado en el encabezamiento, de naturaleza interadministrativa, en virtud de lo expuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El indicado convenio tiene por objeto la interconexión automatizada de los correspondientes registros de interdicción de acceso al juego (registro de prohibidos) de ámbito estatal y de la Ciudad Autónoma de Ceuta, así como la realización de los desarrollos informáticos necesarios para la implementación de la mencionada interconexión. Segundo. Que en la cláusula undécima del mencionado convenio, referida a la vigencia del mismo y de conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se preveía que el convenio entrase en vigor el día de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, con una duración de cuatro años, pudiendo los firmantes del convenio acordar unánimemente su prórroga, en cualquier momento antes de que finalice ese plazo, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h).2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Este convenio fue inscrito en el REOICO el pasado 8 de noviembre de 2022 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 19 de noviembre de 2022

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