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Autorizaci�n ambiental.-Resoluci�n de 23 de enero de 2025, de la Direcci�n General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorizaci�n ambiental unificada del proyecto de f�brica de productos de nutrici�n cl�nica, promovido por Vegenat Healthcare, SL, en el t�rmino municipal de Badajoz.
X 2025060219/doees-x-doe-2025-220-20250602193 feb 2025
- Apartado de anexo primero Apartado primero. Con fecha 9 de noviembre de 2023 tiene entrada en el Registro �nico de la Junta de Extremadura, la solicitud de autorizaci�n ambiental unificada (AAU) para una f�brica de productos de nutrici�n cl�nica, promovido por Vegenat Healthcare, SL, en el t�rmino municipal de Badajoz. Segundo. La actividad proyectada se encuentra dentro del �mbito de aplicaci�n de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, concretamente en el grupo 3.2 del anexo II, relativa a Instalaciones para tratamiento y transformaci�n, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricaci�n de productos alimenticios o piensos a partir de:
- Apartado de anexo primero Apartado primero. Es �rgano competente para la resoluci�n del presente procedimiento la Direcci�n General de Sostenibilidad de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible, en virtud de lo dispuesto en el art�culo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y de conformidad con el art�culo 7.1 Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura org�nica de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura org�nica b�sica de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura. Segundo. Conforme a lo establecido en el art�culo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se somete a autorizaci�n ambiental unificada la construcci�n, montaje, explotaci�n, traslado o modificaci�n sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades que se incluyen en el anexo II de la citada ley. La actividad proyectada se encuentra dentro del �mbito de aplicaci�n de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, concretamente en el grupo 3.2 del anexo II, relativa a Instalaciones para tratamiento y transformaci�n, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricaci�n de productos alimenticios o piensos a partir de:
- Anexo I
- Anexo II
- Anexo III