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V�as pecuarias.-Resoluci�n de 21 de enero de 2025, del Consejero, por la que se aprueba la modificaci�n de la clasificaci�n de las v�as pecuarias del t�rmino municipal de Losar de la Vera (C�ceres).

X 2025060411/doees-x-doe-2025-330-202506041118 feb 2025

  1. Apartado de anexo primero Apartado primero. El proyecto de clasificaci�n de v�as pecuarias del t�rmino municipal de Losar de la Vera, de la provincia de C�ceres, fue aprobado por Orden Ministerial de fecha 24 de febrero de 1954 (BOE de 7 de marzo). En este Proyecto de Clasificaci�n se determina la existencia, categor�a, anchura, trazado y dem�s caracter�sticas f�sicas generales de las v�as pecuarias en el t�rmino municipal. Segundo. Con fecha 23 de febrero de 2024, el Ayuntamiento de Losar de la Vera solicita la modificaci�n de la clasificaci�n, en concreto la habilitaci�n de un trazado que es utilizado por los ganadero que trashuman a la Sierra. Tercero. De conformidad con lo establecido en el art�culo 211.4 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, y el art�culo 12 del Reglamento de V�as Pecuarias de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, aprobado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo, se inicia el procedimiento de modificaci�n mediante acuerdo de la Direcci�n General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia. Cuarto. Practicadas las oportunas exposiciones p�blicas, mediante publicaci�n en DOE, edicto en el tabl�n de anuncios del Ayuntamiento de Losar de la Vera, y comunicaciones a los titulares colindantes al trazado propuesto sin que se presentaran alegaciones. A los anteriores hechos le son de aplicaci�n los siguientes,
  2. Apartado de anexo primero Apartado primero. La naturaleza jur�dica de las v�as pecuarias queda definida como bienes de dominio p�blico de las Comunidades Aut�nomas y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables seg�n el art�culo 2 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de V�as Pecuarias, art�culo 201 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y del Reglamento de V�as Pecuarias de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y el Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior. Segundo. La competencia en esta materia la ostenta la Consejer�a de Gesti�n Forestal y Mundo Rural, en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/1995, y el Reglamento de V�as Pecuarias de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, Decreto 49/2000, de 8 de marzo, en relaci�n con lo establecido en el Decreto 239/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura org�nica de la Consejer�a de Gesti�n Forestal y Mundo Rural. Tercero. De conformidad con lo establecido en el art�culo 211.3 de la Ley 6/2015 y el art�culo 9 y ss. del Reglamento por el que se desarrolla la anterior, la modificaci�n se ha sometido a informaci�n p�blica en el Ayuntamiento de Losar de la Vera, durante treinta d�as, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, sin que en el plazo se�alado se presentaran alegaciones que contradijeran la propuesta de modificaci�n. Visto el expediente, los preceptos invocados y dem�s de debida observancia, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,
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