Apartado de anexo primeroApartado primero. Incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural a favor del Convento de San Agustín , de la localidad de Badajoz (Badajoz), con la categoría de Monumento, de acuerdo con lo descrito en los anexos que se incorporan a esta resolución, para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño. Segundo. Continúese la tramitación del expediente de acuerdo con la legislación vigente. Tercero. Remítase la resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y la apertura de un período de información pública por el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de dicha publicación. Cuarto. Notifíquese a las personas interesadas, al Ayuntamiento de Badajoz y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura para su anotación preventiva, y publíquese en el Boletín Oficial del Estado. Quinto. El expediente podrá ser consultado por cualquier persona durante el período de información pública en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Documental, sitas en avenida Valhondo, s/n, Módulo 4, planta 2.ª, 06800 Mérida (Badajoz). Mérida, 21 de octubre de 2026. El Consejero,
LAUREANO LEÓN RODRÍGUEZ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE. ^