CÓDIGO DE MINERÍA
Articolo
In vigore · versione del 24 dic 1888
ART. 95 Será causa grave respecto del operario, el mal tratamiento de parte del empresario o la falta de pago del salario en las épocas convenidas o usuales.
CÓDIGO DE MINERÍA
In vigore · versione del 24 dic 1888
ART. 95 Será causa grave respecto del operario, el mal tratamiento de parte del empresario o la falta de pago del salario en las épocas convenidas o usuales.