CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES
Articolo
In vigore · versione del 6 feb 2026
Art. 231. Pueden las partes, si obran de acuerdo, nombrar para la resolución de un litigio dos o más árbitros.
CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES
In vigore · versione del 6 feb 2026
Art. 231. Pueden las partes, si obran de acuerdo, nombrar para la resolución de un litigio dos o más árbitros.