Articolo único
Artículo único: Promúlgase el Acuerdo en el Marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas situadas fuera de la Jurisdicción Nacional, adoptado el 19 de junio de 2023, en Nueva York, Estados Unidos de América, el que entrará en vigor para la República de Chile el 17 de enero de 2026; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.