🇨🇱 Cile
Decreto ley 8 unità
DECLARA EN REORGANIZACION LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO
DL 64cl-decree-law-1973-10-17-6417 ott 1973
- Articolo 1
- Articolo 2 La Empresa de los Ferrocarriles del Estado será administrada por un Director, designado por la Junta de Gobierno y de la exclusiva confianza de ella para todos los efectos legales
- Articolo 3
- Articolo 4
- Articolo 5 La supervigilancia de la Junta de Gobierno se ejercerá a través del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Subsecretaria de Transportes
- Articolo 6 Lo dispuesto en el artículo 119º de la ley Nº 16
- Articolo 7
- Articolo 8 Deróganse todas las disposiciones del DFL