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Decreto ley 12 unità
DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y EXPROPIA INMUEBLE QUE INDICA
DL 93cl-decree-law-1973-11-10-9310 nov 1973
- Articolo 1 o- Declárase de utilidad pública y exprópiase el inmueble ubicado en la ciudad de Santiago, en calle Alonso Ovalle esquina de Gálvez, que tiene el N
- Articolo 2 o- El inmueble a que se refiere el artículo anterior será destinado al funcionamiento de los Tribunales Militares de la ciudad de Santiago y de los servicios de su dependencia
- Articolo 3 o- Una Comisión de técnicos del Ministerio de Defensa Nacional, dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación del presente decreto ley, procederá a la tasación del inmueble expropiado
- Articolo 4
- Articolo 5
- Articolo 6 o- El Juez deberá dictar sentencia dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de notificación de la reclamación
- Articolo 7
- Articolo 8 o- El monto de la indemnización que se pagará por el inmueble expropiado será el que corresponda a la tasación determinada en conformidad a los artículos precedentes
- Articolo 9
- Articolo 10 o- Todos los gravámenes y prohibiciones que afecten al bien expropiado quedarán extinguidos y los afectados e interesados podrán hacer valer sus derechos sobre el valor de la expropiación
- Articolo 11 o- La toma de posesión material del inmueble se efectuará una vez publicado el presente decreto ley en el Diario Oficial
- Articolo 12