🇨🇱 Cile
Decreto ley 3 unità
ASCIENDE PERSONAL DEL CUADRO PERMANENTE POST MORTEM
DL 41cl-decree-law-1973-12-10-4110 dic 1973
- Articolo 1
- Articolo 2 Declárase aplicable, a contar desde la misma fecha, para todos los efectos legales y previsionales, el decreto ley Nº 17, de Septiembre de 1973, al personal indicado en el articulo anterior
- Articolo 3 El mayor gasto que signifique la aplicación del presente decreto ley se imputará al Item de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda