🇨🇱 Cile
Abrogata Decreto ley 18 unità
ESTABLECE REGIMEN DE PENSIONES ASISTENCIALES PARA INVALIDOS Y ANCIANOS CARENTES DE RECURSOS
DL 869cl-decree-law-1975-01-28-86917 mar 2008
- Articolo 1 Las personas inválidas y las mayores de
- Articolo 2 Las pensiones asistenciales a que tengan
- Articolo 3 DEROGADO
- Articolo 4 Las pensiones asistenciales a que se
- Articolo 5 Las pensiones asistenciales que se
- Articolo 6 Los beneficiarios de las pensiones
- Articolo 7 Las personas que gocen de pensión
- Articolo 8 Créase el Fondo Nacional de Pensiones
- Articolo 9 Todo aquel que percibiere indebidamente
- Articolo 10 La observancia de las disposiciones del
- Articolo 11 Las pensiones concedidas en virtud de lo
- Articolo 12 Las personas que gocen de pensión
- Articolo 1 Las pensiones que el Servicio de Seguro
- Articolo 2 El déficit que haya originado la
- Articolo 3 La obligación a que se refiere el inciso
- Articolo 4 Para dar cumplimiento a lo dispuesto en
- Articolo 5 No obstante lo dispuesto en el artículo
- Articolo 6 Durante los tres primeros años de