🇨🇱 Cile
Parzialmente abrogata Decreto ley 33 unità
ESTABLECE NORMAS DE PERSONAL Y DE CARACTER FINANCIERO
DL 2.879cl-decree-law-1979-10-17-287930 lug 2003
- Articolo 1 Introdúcense, a contar del 1º de Enero
- Articolo 2 Sustitúyese, a contar del 1° de Enero
- Articolo 3 Agrégase al artículo 21 del decreto
- Articolo 4 Introdúcense las siguientes enmiendas
- Articolo 5 Los requisitos de ingreso a los
- Articolo 6 Introdúcense las siguientes
- Articolo 7 Facúltase al Presidente de la
- Articolo 8 Las modificaciones a las Plantas de la
- Articolo 9 Créase, en la planta de la Secretaría
- Articolo 10 Sustitúyese, en el inciso tercero del
- Articolo 11 El personal del Servicio de Aduanas que
- Articolo 12 Los retiros no voluntarios producidos en
- Articolo 13 Intercálase, a contar del 1° de Julio
- Articolo 14 Intercálase, en el artículo 7° del
- Articolo 15 Introdúcense, a contar de la fecha de su
- Articolo 16 DEROGADO
- Articolo 17 Declárase que las cantidades adeudadas
- Articolo 18 Declárase que las cantidades adeudadas
- Articolo 19 Autorízase a la Municipalidad de
- Articolo 20 Agrégase al título V, Disposiciones
- Articolo 21 Sustitúyese en el artículo 44 del
- Articolo 22 Las recaudaciones que correspondan al
- Articolo 23 Sustitúyese, en el artículo 10 del
- Articolo 24 A los vehículos importados en la XI
- Articolo 25 Agrégase al artículo 2° del decreto
- Articolo 26 Derógase toda norma vigente que autorice
- Articolo 27 Agrégase al artículo 78 del D
- Articolo 28 Agrégase al artículo 63 del D
- Articolo 29 Los servicios, instituciones y empresas
- Articolo 30 Las nuevas plantas que se establezcan en
- Articolo 31 Facúltase al Presidente de la República
- Articolo 32 El mayor gasto que represente la
- Articolo 33 Modifícase el presupuesto de la Caja de