Articolo
In vigore · versione del 9 gen 1893
Art. 6.º Caducarán el permiso y las concesiones para la obra si no se diere principio á los trabajos ó no se entregare la línea terminada al tráfico ó no se rindiere la fianza dentro de los plazos fijados, respectivamente, en los artículos 4.º y 5.º