Ley 967

LEI QUE FIJA LAS FUERZAS DEL EJERCITO I ARMADA DURANTE EL AÑO 1898

Articolo Las fuerzas del Ejército durante el año 1898 no podrán exceder de nueve mil hombres, distribuidos en las armas de infantería, artillería, caballería e injenieros militares

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Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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