Articolo únicoConcédese un suplemento de treinta mil pesos ($ 30,000) al ítem 26 de la partida 1
Artículo único.- Concédese un suplemento de treinta mil pesos ($ 30,000) al ítem 26 de la partida 1.ª del presupuesto del Ministerio de Industria i Obras Públicas, con el objeto de atender al pago del mayor precio que alcancen los artículos de consumo en la alimentacion de empleados i alumnos de los establecimientos de educacion dependientes del espresado Ministerio.