Articolo únicoConcédese, por gracia, a las hijas solteras de don Cárlos Boizard una pension anual de mil doscientos pesos ($ 1,200)
Artículo único.- Concédese, por gracia, a las hijas solteras de don Cárlos Boizard una pension anual de mil doscientos pesos ($ 1,200).