🇨🇱 Cile
Ley 3 unità
CREA UN ÍTEM EXTRAORDINARIO, DESTINADO A SUBVENCIONAR DIVERSAS JUNTAS DE BENEFICENCIA.
Ley 4.604cl-law-1929-07-15-460415 lug 1929
- Articolo 1
- Articolo 2 o El gasto que demande la presente ley se cubrirá con la mayor entrada proveniente de la ley número 4,536, de 18 de Enero de 1929, que fijó el impuesto a la producción y expendio de alcoholes
- Articolo 3 o La presente ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial