Ley 7.235

COMPLEMENTA LA LEY N.o 5,055, QUE ESTABLECE LA DISTRIBUCION DE LA CONCESION DEL 15% SOBRE EL VALOR DE LAS APUESTAS MUTUAS QUE COBRAN LOS HIPODROMOS

Articolo 1o Agregase a la letra a) del artículo 2

Articolo 2o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial

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