Ley 7.320

CONCEDE, POR GRACIA, NUEVA CEDULA DE RETIRO MILITAR A DON GASPAR MORA SOTOMAYOR

Articolo

Articolo 2Los beneficios de la presente ley se otorgarán solamente desde la fecha en que don Gaspar Mora Sotomayor entere treinta y cinco años de servicios efectivos y abonados

Articolo 3Esta ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"

Citenza

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