Articolo
"Artículo 1°.- La Escuela Normal Rural de Copiapó se denominará "Rómulo J. Peña Maturana".
Articolo 2Esta ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"
Artículo 2°.- Esta ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".