Articolo 1La comuna de Purranque formará parte del departamento de Río Negro
Artículo 1°.- La comuna de Purranque formará parte del departamento de Río Negro.
Articolo 2Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial
Artículo 2°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.