MODIFICA LA LEY N.° 4,054, SOBRE SEGURO OBLIGATORIO
Articolo 3° Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial
In vigore · versione del 26 giu 1944
Artículo 3.° Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.