Ley 8.286

TRASPASA LAS CANTIDADES DE LOS ITEM QUE SE INDICAN A LOS QUE EXPRESA, DEL PRESUPUESTO VIGENTE DE MARINA

Articolo 1o Traspásanse las siguientes cantidades de los ítem que se indican a los que se expresan a continuación, del Presupuesto de Marina vigente:

Articolo 2o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial

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