Ley 9.127

AUTORIZA ENAJENACION EN PUBLICA SUBASTA DE TERRENOS FISCALES UBICADOS EN LA CIUDAD DE OSORNO Y DE LA DEMOLICION DE LAS CONSTRUCCIONES EN ELLOS EXISTENTES, A FIN DE DESTINAR SU PRODUCIDO A LA EDIFICACION DE UN LOCAL PARA EL LICEO DE NIÑAS DE ESA CIUDAD

Articolo

Articolo 2Los fondos que produzca la enajenación que se autoriza en el artículo precedente se destinarán a ser invertidos en la construcción del nuevo edificio para el Liceo de Niñas de la misma ciudad

Articolo 3Se autoriza la venta en pública subasta de la demolición de las construcciones existentes en los terrenos fiscales donde se construirá el edificio del Liceo de Niñas de Osorno

Articolo 4La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"

Citenza

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