Articolo
"Artículo único. Declárase comprendidos en los beneficios de las leyes N.os 6,174, de 31 de Enero de 1938, y N° 6,501, de 15 de Enero de 1940, a los alumnos de las Escuelas Militar, Naval y de Aviación.
"Artículo único. Declárase comprendidos en los beneficios de las leyes N.os 6,174, de 31 de Enero de 1938, y N° 6,501, de 15 de Enero de 1940, a los alumnos de las Escuelas Militar, Naval y de Aviación.