🇨🇱 Cile
In vigore Ley 5 unità
ESTABLECE UN IMPUESTO ADICIONAL A LA PRODUCION Y VENTA DE BEBIDAS ANALCOHOLICAS, DULCES, GALLETAS, ETC., DESTINADO A LA FUNDACION VIVIENDAS DE EMERGENCIA
Ley 9.976cl-law-1951-09-20-997620 set 1951
- Articolo
- Articolo 2
- Articolo 3 o La Fundación Viviendas de Emergencia, de los primeros fondos que reciba en conformidad a la disposición anterior, destinará la cantidad suficiente, cuyo monto no podrá ser superior a $ 2
- Articolo 4 o Sustitúyese el inciso segundo del artículo 3
- Articolo 5 o La Fundación Viviendas de Emergencia deberá someterse a las prescripciones de la ley N