🇨🇱 Cile
In vigore Ley 10 unità
CREA EL FONDO HISTORICO Y BIBLIOGRAFICO JOSE TORIBIO MEDINA
Ley 10.361cl-law-1952-06-28-1036128 giu 1952
- Articolo 1
- Articolo 2
- Articolo 3
- Articolo 4
- Articolo 5 o Los fondos que provengan de la venta de las obras que publique el "Fondo Histórico y Bibliográfico José Toribio Medina" pasarán a incrementarlo
- Articolo 6 o La Tesorería General de la República abrirá una cuenta especial de depósito permanente denominada "Fondo Histórico y Bibliográfico José Toribio Medina"
- Articolo 7 o El texto de esta ley irá impreso en el reverso de la primera página de cada obra que edite el "Fondo Histórico y Bibliográfico José Toribio Medina"
- Articolo
- Articolo 2 o Se hará una emisión de un millón de sellos postales recordatoria del centenario del nacimiento de don José Toribio Medina
- Articolo 3 o La Comisión a que se refiere el artículo 3