Articolo
"Artículo 1.o El parque ubicado en las comunas de Santiago y Providencia y que deslinda al Norte, con la Avenida Costanera; al Sur, con la Avenida Providencia; al Oriente, con la calle Atria, y al Poniente, con el monumento al Presidente Balmaceda, se denominará en lo sucesivo "Parque Presidente Balmaceda".
Articolo 2o La Avenida Costanera en las comunas de Santiago y Providencia se denominará en lo sucesivo "Avenida Gran Bretaña"
Artículo 2.o La Avenida Costanera en las comunas de Santiago y Providencia se denominará en lo sucesivo "Avenida Gran Bretaña".