🇨🇱 Cile
Ley 5 unità
AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA INVERTIR LA SUMA QUE INDICA CON OCASION DEL PRIMER CENTENARIO DE LA CIUDAD DE SAN JAVIER.
Ley 10.571cl-law-1952-10-16-1057116 ott 1952
- Articolo 1 o Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de dieciocho millones quinientos mil pesos ($ 18
- Articolo 2 o La Tesorería General de la República pondrá la suma de dieciocho millones quinientos mil pesos ($ 18
- Articolo 3
- Articolo 4 o Autorízase a la Municipalidad de San Javier para erigir en la Plaza de Armas de esa ciudad un monumento a la memoria de su fundador, Presidente don Manuel Montt
- Articolo 5 o Declárase, para todos los efectos legales, feriado en el departamento de Loncomilla el día 18 de Noviembre próximo"