Ley 11.506

MODIFICA LA LEY N° 10,475, SOBRE JUBILACION DE EMPLEADOS PARTICULARES

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Articolo 2Facúltase al Presidente de la República para que refunda en un solo texto, con su mismo número, las disposiciones de la ley N° 10,475 y las modificaciones contenidas en la presente ley

Articolo 3Las modificaciones que por la presente ley se hacen al artículo 25 de la ley N° 10,475, de 8 de Septiembre de 1952, se entenderán incorporadas a su texto a contar desde esa misma fecha

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