🇨🇱 Cile
Ley 7 unità
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCION PARA CONTRATAR UN EMPRESTITO HASTA POR LA SUMA DE $ 3.500.000
Ley 11.843cl-law-1955-07-11-1184311 lug 1955
- Articolo
- Articolo 2 Facúltase al Banco del Estado de Chile para tomar el o los empréstitos autorizados por la presente ley, para lo cual no regirán las disposiciones restrictivas de su ley orgánica o reglamento
- Articolo 3 El producto del o los empréstitos a que se refiere el artículo 1° incrementará los recursos generales de la Municipalidad de Constitución
- Articolo 4
- Articolo 5
- Articolo 6
- Articolo 7