Articolo
"Artículo 1°.- Libérase del pago de toda clase de impuestos fiscales la propiedad del Centro de ex-Cadetes y Oficiales de la Armada (CALEUCHE), ubicada en la ciudad de Santiago, calle Mac-Iver N° 358, que se encuentra inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 8,805, N° 15,745, correspondiente al año 1954, y la propiedad del Club de la Fuerza Aérea de Chile, ubicada en Santiago, calle Agustinas 741-743, inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de este departamento a fojas 5,285, bajo el N° 97,530, correspondiente a Julio del año 1950; con excepción de aquellos impuestos que corresponden al pago de servicios, como pavimentación y otros similares, mientras esté destinada al cumplimiento de sus fines sociales.
Articolo 2
Artículo 2°.- Libérase del pago de toda clase de impuestos fiscales y municipales la propiedad del Círculo de Periodistas, situada en Santiago, calle Amunátegui números 31 al 43, inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces, correspondiente, con fecha 3 de Marzo de 1955, a fojas 1,856 y con el número 3,262. La presente ley se aplicará desde el 1° de Enero de 1956.".