Articolo
"Artículo 1°.- Traspásase transitoriamente, de la Planta fijada por el decreto con fuerza de ley N° 392, de fecha 5 de Agosto de 1953, seis plazas de tenientes 1.os y catorce de tenientes 2.os de Escalafón de Oficiales Ejecutivos al de Oficiales de Mar.".
Articolo 2La restitución de estas plazas al Escalafón de origen se hará de acuerdo con las necesidades del Servicio y en la forma que lo determine la Superioridad Naval
Artículo 2°.- La restitución de estas plazas al Escalafón de origen se hará de acuerdo con las necesidades del Servicio y en la forma que lo determine la Superioridad Naval.