Articolo
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Tucapel, departamento de Yungay, para transferir gratuitamente a la Dirección General de Carabineros un retazo de terreno de su propiedad, situado en el pueblo del mismo nombre y de una superficie de un mil doscientos treinta metros cuadrados (1.230 m2.), ubicado en la calle Lautaro esquina de Avenida Bernardo O'Higgins, y de los siguientes deslindes particulares: Norte, en cuarenta y nueve metros veinte centímetros, con propiedad de la Sucesión José Mercedes Ortega Almendra; Oriente, en veinticinco metros, con calle Lautaro; Poniente, en veinticinco metros, con Avenida Bernardo O'Higgins, y Sur, en cuarenta y nueve metros veinticinco centímetros con calle Bulnes. Se encuentra inscrito en mayor extensión a nombre de la Corporación donante a fojas 91 vuelta, con el N° 188, del Registro de Propiedad del año 1941 del Conservador de Bienes Raíces del departamento de Yungay, y figura en el Rol comunal bajo el N° 31/3. El terreno, materia de la presente donación, se destinará por la Dirección General de Carabineros, a construcción de una Tenencia para el mismo servicio policial.
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Artículo 2° Si las obras correspondientes, no se iniciaren dentro de los dos años de vigencia de la presente ley, el dominio del predio, volverá de pleno derecho a la Municipalidad de Tucapel.
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Artículo 3° Autorízase al Director General de Carabineros, o a quien haga sus veces, para que proceda a suscribir la escritura pública correspondiente con la Municipalidad de Tucapel."