AGREGA INCISOS AL ARTICULO UNICO DE LA LEY 15.182, DE 23 DE MARZO DE 1963, QUE INCREMENTO EN 20% EL MONTO DE LAS INDEMNIZACIONES POR LAS EXPROPIACIONES MOTIVADAS POR LA CONSTRUCCION DEL EMBALSE DE PALOMA, DEL DEPARTAMENTO DE OVALLE, Y ESTABLECIO QUE LOS PROPIETARIOS Y MEJOREROS AFECTADOS POR ESTAS EXPROPIACIONES PODRAN RETIRAR LIBREMENTE Y SIN CARGO LOS MATERIALES EXISTENTES EN SUS PREDIOS Y QUE PUEDAN SER TRANSPORTADOS.
Articolo
In vigore · versione del 1 giu 1963
"Artículo único. Agréganse al artículo único de la ley 15.182, los siguientes incisos: "Los inquilinos, medieros y trabajadores agrícolas que acrediten haber laborado, durante cinco años, como mínimo, en los predios afectados por las expropiaciones a que se refiere el inciso 1° de este artículo, tendrán preferencia absoluta para ser reubicados por la Corporación de Reforma Agraria. Además, los propietarios y mejoreros mencionados podrán usar gratuitamente los bienes que les fueron expropiados y las aguas con que se cultivan, mientras, a juicio de la Dirección de Riego, dicho uso no entorpezca la construcción o explotación de la obra".