🇨🇱 Cile
Ley 8 unità
MODIFICA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 2, DE 31 DE JULIO DE 1959
Ley 15.421cl-law-1963-12-19-1542119 dic 1963
- Articolo
- Articolo 2 Las viviendas que fueron asignadas a sus actuales adquirentes por acuerdo del Consejo de la Corporación de la Vivienda con anterioridad a la fecha de vigencia del DFL
- Articolo 3 Sustitúyese el artículo 71 del DFL
- Articolo 4 Facúltase a la Junta de Adelanto de Arica para aplicar a los adquirentes de viviendas de dicha Institución el sistema de reajustabilidad establecido en la presente ley
- Articolo 5 Derógase el artículo 5° de la ley N° 15
- Articolo 6 Agrégase el siguiente inciso al artículo 55 del decreto con fuerza de ley N° 205:
- Articolo
- Articolo 2