Articolo
"Artículo 1° Declárance válidamente hechos los aportes patronales que la Caja de la Defensa Nacional hizo a su personal, por concepto de 8,33% de los sueldos, de acuerdo con el artículo 38° de la ley 7.295.
Articolo 895, en el sentido que el desahucio que en ella se establece es compatible con la indemnización por años de servicios, establecida en el artículo 38° de la ley 7
Artículo 2° Aclárase el artículo 1° de la ley 8.895, en el sentido que el desahucio que en ella se establece es compatible con la indemnización por años de servicios, establecida en el artículo 38° de la ley 7.295, y 6° de la ley 15.075".