Articolo
"Artículo único. Fíjase el primer día sábado del mes de octubre de cada año para que el Ejército de Salvación pueda realizar una colecta pública en el territorio nacional".
"Artículo único. Fíjase el primer día sábado del mes de octubre de cada año para que el Ejército de Salvación pueda realizar una colecta pública en el territorio nacional".