Articolo
"Artículo 1° Reemplázase en el artículo 111°, inciso 2°, de la ley 15.575, la frase: "para fomento lechero o limpia y drenaje de pantanos", por la siguiente: "para fomento lechero, mataderos frigoríficos o limpia y drenaje de pantanos".
Articolo
"Artículo 2° Declárase que la excepción establecida en el inciso final del artículo 111° de la ley 15.575 no afecta a las Compañías Carboníferas filiales de la Corporación de Fomento de la Producción".