🇨🇱 Cile
Ley 12 unità
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE PARA CONTRATAR PRESTAMOS
Ley 16.420cl-law-1966-01-31-1642031 gen 1966
- Articolo 1
- Articolo 2
- Articolo 3 El producto de los empréstitos que se contraten en uso de las autorizaciones que confiere la presente ley, deberá ser invertido en la complementación del financiamiento de las siguientes obras:
- Articolo 4 La autorización relativa al monto del crédito estipulado en el artículo 1° se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71° de la ley N° 11
- Articolo 5
- Articolo 6
- Articolo 7 La Municipalidad de Iquique destinará al servicio de los empréstitos que se autorizan contratar en esta ley, el uno por mil del impuesto territorial que el decreto supremo N° 2
- Articolo 8
- Articolo 9
- Articolo 10
- Articolo 11
- Articolo 12