🇨🇱 Cile
In vigore Ley 8 unità
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CATEMU PARA CONTRATAR LOS PRESTAMOS QUE SEÑALA
Ley 16.428cl-law-1966-02-21-1642821 feb 1966
- Articolo 1 Autorízase a la Municipalidad de Catemu para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, que produzcan hasta la suma de E° 100
- Articolo 2
- Articolo 3 El producto del o los empréstitos deberá ser invertido en los siguientes fines:
- Articolo 4
- Articolo 5 En caso de no contratarse los empréstitos, la Municipalidad de Catemu podrá girar con cargo al rendimiento de dicho tributo para la inversión directa en las obras a que se refiere el artículo 3°
- Articolo 6
- Articolo 7
- Articolo 8