🇨🇱 Cile
Ley 4 unità
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE TIERRA AMARILLA PARA EXPROPIAR LOS PREDIOS QUE SEÑALA
Ley 16.653cl-law-1967-08-19-1665319 ago 1967
- Articolo 1 Decláranse de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de Tierra Amarilla para expropiar cinco predios que en conjunto tienen una superficie total de 11
- Articolo 2 Transfiéranse a la Municipalidad de Tierra Amarilla y en forma gratuita los terrenos fiscales que se indican:
- Articolo 3
- Articolo 4 Los predios individualizados en los artículos 1° y 2° de la presente ley, serán destinados por la Municipalidad de Tierra Amarilla a la construcción de un Estadio Municipal