FIJA ORGANIZACION Y FUNCIONES Y ESTABLECE DISPOSICIONES GENERALES A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL.
Articolo
In vigore · versione del 29 set 2025
Artículo 4° Corresponderán a la Dirección General de Aeronáutica Civil funciones de organismo consultivo y asesor del Supremo Gobierno en los asuntos o actividades de la aeronáutica civil. La Dirección General podrá, además, por orden y cuenta de terceros, efectuar estudios y peritajes mediante remuneración.