Ley 16.879

AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE VALDIVIA PARA CONTRATAR EMPRESTITOS QUE INDICA CON LAS INSTITUCIONES QUE SEÑALA

Articolo 1

Articolo 2Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior

Articolo 3El producto de los empréstitos que se contraten en uso de las autorizaciones que confiere la presente ley, deberá ser invertido en las siguientes obras:

Articolo 4

Articolo 5La Municipalidad de Valdivia servirá los empréstitos que se autoriza contratar, con cargo al uno por mil del impuesto territorial que destina a este objeto el decreto de Hacienda número 2

Articolo 6

Articolo 7

Articolo 8

Articolo 9

Articolo 10

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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