🇨🇱 Cile
Ley 14 unità
DIVIDE DEPARTAMENTO DE CHILE CHICO
Ley 17.324cl-law-1970-08-27-1732427 ago 1970
- Articolo
- Articolo 2 o- En el departamento de General Carrera habrá una Municipalidad con sede en la localidad de Chile Chico, y en el departamento de Baker habrá una Municipalidad con sede en la localidad de Cochrane
- Articolo 3 o- Los límites de los departamentos de General Carrera y Baker y de sus correspondientes comunas - subdelegaciones son los que a continuación se expresan:
- Articolo 4 Auméntase, a contar desde la vigencia de esta ley, la planta del personal del Servicio de Gobierno Interior (Item 05-02-01
- Articolo 5 Créase en el departamento de Baker un Juzgado de Letras de Mayor Cuantía que funcionará con la siguiente Planta:
- Articolo 6
- Articolo 7 Las cuentas por pagar de la actual Municipalidad de Chile Chico serán siempre de cargo de esa Municipalidad
- Articolo 8 Autorízase al Presidente de la República para nombrar una Junta de Vecinos compuesta de siete miembros a uno de los cuales designará Alcalde
- Articolo 9
- Articolo 10 Para los efectos electorales, los departamentos General Carrera y Baker se regirán por las normas generales
- Articolo 11 Extiéndese a las disposiciones de la presente ley la autorización concedida al Presidente de la República por el artículo 2° de la ley N° 4
- Articolo 12 La presente ley entrará en vigencia a los 60 días contados desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial
- Articolo 13
- Articolo