🇨🇱 Cile
Ley 11 unità
MODIFICA LA LEY 12.120, QUE FIJO EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LAS COMPRAVENTAS, PERMUTAS Y OTRAS CONVENCIONES; MODIFICA ASIMISMO LAS LEYES 16.521, 17.252, 17.272 Y 17.277, FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA MODIFICAR LAS PLANTAS DEL SERVICIO DE ADUANAS EN LA FORMA Y CONDICIONES QUE EXPRESA
Ley 17.363cl-law-1970-10-02-173632 ott 1970
- Articolo
- Articolo 2 Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 12
- Articolo 3 Agrégase al artículo 22 inciso primero de la ley N° 17
- Articolo 4 Decláranse legalmente devengadas y bien pagadas las sumas que la Empresa Portuaria ha recargado por concepto del impuesto a los servicios, de conformidad a la ley N° 12
- Articolo 5 Modifícanse los artículos 47 de la ley N° 17
- Articolo 6
- Articolo 7
- Articolo 8
- Articolo 9 La provisión de cualquier empleo de Planta en propiedad que deba hacerse en el Servicio de Aduanas con funcionarios de Planta del mismo Servicio, se considerará como un ascenso propiamente tal
- Articolo 10
- Articolo 11 Derógase el artículo 16