Articolo
"Artículo único.- Los empleados de la Facultad Latinoamericana de Ciencia Sociales (FLACSO) estarán afectos al régimen de seguro social de la Sección Empleados Públicos de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, y tendrán los mismos derechos que los empleados de la Universidad de Chile. La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales cotizará en dicha Caja y en los Fondos que corresponda, las respectivas imposiciones y aportes que, en conformidad con las leyes son de cargo del empleador. Lo dispuesto en este artículo se aplicará a contar desde el 1.o de Enero de 1971.
Articolo Los actuales empleados de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales que hubieren prestado servicios en ella con anterioridad al 1
Artículo transitorio.- Los actuales empleados de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales que hubieren prestado servicios en ella con anterioridad al 1.o de Enero de 1971 y que no hubieren efectuado imposiciones en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, estarán afectos al régimen de dicha Caja a partir de la fecha en que empezaron a prestar servicios como dependientes de esa Facultad. Para los efectos de lo dispuesto en el inciso precedente, la Facultad deberá enterar las imposiciones patronales que procedan. La Caja otorgará a los empleados beneficiarios un préstamo para el integro de las imposiciones personales que resulten adeudar, con las modalidades que se aplican a los préstamos de integro de imposiciones a que se refiere la ley N.o 10.986.".