DECLARA MONUMENTOS NACIONALES LOS INMUEBLES QUE SEÑALA
Articolo 3Declárase monumento nacional el Convento de San Francisco de El Almendral, con su iglesia y destínase el Convento a un Hogar de Reposo para los sacerdotes ancianos
In vigore · versione del 17 nov 1972
Artículo 3°.- Declárase monumento nacional el Convento de San Francisco de El Almendral, con su iglesia y destínase el Convento a un Hogar de Reposo para los sacerdotes ancianos.